Medio millón de pesos por trabajador: el costo de ignorar la NOM-035


El incumplimiento de la NOM-035-STPS-2018 no solamente representa un riesgo para la salud emocional de los trabajadores, sino también un fuerte impacto económico para las empresas, advirtió el Dr. Abraham Rivas Miguel durante una sesión de trabajo organizada por el Comité Médico de la AISAC.


Durante su exposición, el especialista señaló que actualmente cerca del 23 por ciento de las sanciones emitidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) están relacionadas con incumplimientos de esta norma, que regula la identificación, análisis y prevención de factores de riesgo psicosocial en los centros de trabajo.


“Prevenir siempre será menos costoso que corregir”, afirmó el consultor y médico Rivas Miguel durante su presentación virtual a las empresas afiliadas a la AISAC.


Las multas por omisiones generales pueden iniciar desde los $5,865 pesos, pero al tratarse de violaciones en materia de seguridad y salud laboral, las sanciones arrancan en los $29,327 pesos y pueden superar los $586,550 pesos por cada infracción considerada grave. El mayor agravante legal radica en que las autoridades imponen estas penalizaciones multiplicadas por cada trabajador afectado en el centro laboral.


Esto ocurre sin considerar los costos indirectos derivados de la rotación de personal, ausentismo, disminución de la productividad, conflictos laborales y afectaciones a la reputación empresarial. El especialista destacó que muchas organizaciones continúan viendo la NOM-035 únicamente como un requisito administrativo, cuando en realidad constituye una herramienta estratégica para fortalecer el clima organizacional y reducir riesgos asociados al estrés laboral, ansiedad, burnout, insomnio y problemas de adaptación.


La ruta para cumplir con la NOM-035
Para facilitar la implementación de la norma, el Dr. Rivas presentó una ruta práctica de cumplimiento dividida en cuatro etapas fundamentales:


1. Política y difusión: La primera fase consiste en desarrollar una política de prevención de riesgos psicosociales, difundirla entre todo el personal y establecer mecanismos de comunicación y denuncia confidencial que garanticen la protección de los trabajadores.


2. Identificación de acontecimientos traumáticos severos: Las empresas deben contar con procedimientos que permitan detectar oportunamente situaciones traumáticas relacionadas con el trabajo, como accidentes graves, actos violentos o eventos que puedan afectar la salud mental de los colaboradores.


3. Evaluación de riesgos psicosociales: Se deben aplicar los cuestionarios establecidos por la norma para identificar factores de riesgo asociados con cargas excesivas de trabajo, liderazgo negativo, violencia laboral o interferencia entre la vida laboral y familiar.


4. Plan de acción y seguimiento: Una vez identificados los riesgos, las organizaciones deben implementar acciones correctivas, asignar responsables, establecer indicadores de medición y dar seguimiento permanente a los resultados para garantizar mejoras sostenibles.


El especialista explicó que estas obligaciones son acumulativas según el tamaño de la plantilla laboral. Las empresas con hasta 15 trabajadores deben contar obligatoriamente con la política preventiva y protocolos de atención; aquellas con entre 16 y 50 colaboradores deben sumar a lo anterior la aplicación de cuestionarios de evaluación de riesgos; mientras que los centros de trabajo con más de 50 empleados deben cumplir con todos los puntos previos y realizar además las evaluaciones integrales del entorno organizacional.


Finalmente, el Dr. Abraham Rivas enfatizó que el verdadero objetivo de la NOM-035 no es cumplir con un trámite documental, sino construir entornos laborales saludables que favorezcan el bienestar de las personas y la competitividad de las empresas.

Edición de Elvira Sánchez Rivera especialista en Comunicación Corporativa.

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